miércoles, 30 de noviembre de 2011

Cont. Estatutos Sociales de ACAPREDC. De los Fondos de los Asociados


Artículo 17°. Salvo los dispuesto en la Sección II de este Capítulo, serán considerados ahorros extraordinarios los aportes de ahorros de los Asociados que excedan del diez por ciento (10%) de su sueldo o salario básico mensual, así como también otros aportes de ahorros autorizados por el Consejo de Administración bajo la modalidad de programas de ahorro.
Artículo 18°. Las Compañías harán las contribuciones económicas a ACAPREDC de acuerdo con las siguientes reglas:

1) Al término de cada mes civil, Las Compañías harán una contribución a la cuenta de cada miembro participante, que al mismo tiempo sea trabajador a su servicio o jubilado, equivalente al cien por ciento (100 %) de la aportación ordinaria que el respectivo trabajador o jubilado participante haya hecho a la Asociación (mediante la correspondiente deducción efectuada a su sueldo, salario o utilidades, durante ese mes); en consecuencia, sólo hará dichas contribuciones la respectiva Compañía, cuando haya aportación ordinaria del respectivo trabajador a su servicio, que sea miembro participante de la Asociación, con las solas excepciones indicadas en el siguiente numeral de este Artículo.
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Estatutos Sociales de ACAPREDC. De los Fondos de los Asociados


CAPÍTULO IV
DE LOS FONDOS DE LOS ASOCIADOS
SECCIÓN I
DE LAS CONTRIBUCIONES Y LOS AHORROS ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS

Artículo 16°: Los miembros participantes de la Asociación estarán obligados a efectuar aportes de ahorros ordinarios equivalentes a un porcentaje no menor del cinco por ciento (5%) y hasta un máximo del diez por ciento (10%) de su sueldo o salario básico mensual y de sus utilidades anuales, en el caso de trabajadores activos, o de su pensión de jubilación y aguinaldos, en el caso de ex-trabajadores jubilados.


PARÁGRAFO PRIMERO: Todos los aportes de ahorros ordinarios se harán mediante deducciones de nómina debidamente autorizadas por escrito por el Asociado.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Los porcentajes de las aportaciones ordinarias señaladas en este Artículo, podrán ser modificados por el Asociado, en lapsos no menores de seis (6) meses, mediante solicitud escrita a ACAPREDC. El Consejo de Administración establecerá el régimen y los procedimientos para autorizar la suspensión voluntaria y temporal de las aportaciones ordinarias de un miembro participante, previo análisis de las causas y del período de suspensión voluntaria solicitado por el miembro participante.

jueves, 29 de septiembre de 2011

Nuevos Créditos Hipotecarios aprobados mes de septiembre 2011

Nos complace informar a nuestros Asociados que el Consejo de Administración en su reunión de fecha 22 de septiembre de 2011 Acta 2299, aprobó sesenta y ocho (68) nuevos créditos hipotecarios por un monto de Bs. 20.532.900,00, de doscientas sesenta y dos (262) solicitudes evaluadas, quedando distribuidas de forma siguiente:
 
Los criterios considerados para la evaluación fueron los siguientes:

  • Años de antigüedad en ACAPREDC.
  • Tipo de solicitud (Primera vez, cambio, divorcio, mejoras, vacacional).
  • Comportamiento de los ahorros.
  • Tenencia de la vivienda (Propia, alquilada, familiares, hipotecada).
  • Número de hijos.
  • Estado civil.
  • Edad biológica vs edad de jubilación.
Queremos hacer énfasis en el esfuerzo que la Junta Administradora y El Consejo de Vigilancia han puesto de manifiesto en la especial atención del rubro hipotecario, en este ambiente cambiante y lleno de retos, se han aprobado en el año 2011 la cantidad de 178 nuevos créditos hipotecarios, registrando un incremento de 35,8% (131 créditos) con respecto al año 2010, lo que implica la salida de importantes sumas de dinero que son financiadas con recursos propios, en tal sentido se informa que por este año 2011 no se procesarán nuevos préstamos hipotecarios. Lo invitamos a estar pendientes a inicios del año próximo de la apertura del proceso.

Nos permitimos recordar a los Asociados que la aprobación de los créditos hipotecarios está sujeta a la disponibilidad de los recursos económicos (Artículo 67° de los Estatutos Sociales), resguardando la viabilidad de la Asociación y los indicadores financieros que supervisa la Superintendencia de Cajas de Ahorro (SUDECA).

Estatus créditos hipotecarios Junio 2011

Informamos a nuestros Asociados el estatus de los créditos hipotecarios aprobados en reunión del Consejo de Administración el pasado 16 de junio de 2011.
Asimismo aprovechamos la oportunidad de notificar la recepción de 177 nuevas solicitudes (ver cuadro anexo), más 85 casos que no quedaron favorecidos el pasado mes de junio:
Cumplimos con recordar a todos nuestros Asociados que la aprobación de los créditos hipotecarios está sujeta a la disponibilidad de los recursos financieros de la Asociación (Artículo 67° de los Estatutos Sociales), resguardando la viabilidad y los indicadores financieros que supervisa la Superintendencia de Cajas de Ahorro (SUDECA).

ACAPREDC no se hace responsable de compromisos de opciones de compra o reservas de inmuebles, sin antes tener el crédito hipotecario aprobado y haber cumplido con los requisitos exigidos por la Institución para la tramitación de los mismos.

Los resultados de la reunión de Junta Directiva de ACAPREDC serán informados en el transcurso de la próxima semana.

Ampliación cobertura del Préstamo para Gastos Médicos

Se complace en informar a todos sus asociados que la Junta Administradora en reunión del mes de junio acta 2297, aprobó ampliar las opciones contempladas actualmente para el uso delPréstamo Personal para Gastos Médicos y/o Funerarios(Art. 75° numeral 6, Estatutos de la Asociación), en tal sentido nuestros asociados podrán solicitarlo a partir de la presente fecha para:
1.  Cancelación de Pólizas de Hospitalización Cirugía y  Maternidad. (individuales). 
2.  Gastos médicos ocasionados de enfermedades no amparadas con la póliza H.C.M. Colectiva actual. 
3.  Gastos de ortodoncia, así como enfermedades odontológicas no amparadas por la póliza H.C.M. Colectiva actual.
4.  Alquiler de equipos médicos.
5.  Cancelación de planes funerarios.

Estos préstamos serán procesados con los respectivos presupuestos que avalen la solicitud, y los cheques serán emitidos a favor del ente emisor de dicho presupuesto.

La Junta Administradora de ACAPREDC reitera su compromiso de seguir trabajando para llevar a nuestros asociados la mayor cantidad de beneficios.

miércoles, 27 de julio de 2011

Gestión I semestre 2011 ACAPREDC

Los trabajadores y la Directiva de ACAPREDC, se complacen en presentar a todos sus Asociados, la gestión correspondiente al primer semestre del año 2011, cumpliendo con lo establecido en el Artículo 13, de los Estatutos de la Asociación Civil: “Son derechos de los Asociados: Recibir periódica y oportunamente información acerca de las actividades y operaciones ordinarias y extraordinarias de la Asociación…” 


Asimismo, informamos que de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley de Cajas de Ahorro, Fondo de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares se remitieron a la Superintendencia de Cajas de Ahorro (SUDECA) los Estados Financieros correspondiente al primer semestre del año 2011, donde se reportó un incremento en la utilidad del 50% con respecto al mismo período del año 2010.
   ¡ACAPREDC Confianza e Integración al servicio del Asociado!