A continuación se detalla la distribución del pago de las Utilidades del Ejercicio Económico 2012 de la Caja de Ahorro ACAPREDC, cumpliendo con el artículo 82 de lo establecido en los Estatutos de la Asociación, el cual citamos textualmente:
"Artículo 82°.
El remanente de utilidades netas
después efectuar de los apartados y reservas, se acreditará, una vez
aprobados los Estados Financieros por la Asamblea Ordinaria de Asociados, al
término de cada ejercicio anual en las cuentas de los miembros
participantes de la Asociación, en
proporción al saldo mensual de sus ahorros ordinarios, contribuciones
ordinarias y productos derivados de ellos; el remanente de las utilidades
también podrán ser pagados en efectivo a cada uno de los
Asociados que no presenten situación de atraso con las obligaciones contraídas
con la Asociación."